Si el Tribunal Constitucional Plurinacional ejerce el control de convencionalidad correctamente sobre los Arts. 112 y 123 de la Constitución, y aplica preferentemente los estándares internacionales en materia de imprescriptibilidad e irretroactividad, entonces Bolivia acatará el mandato de la Resolución 1/18 de la CIDH: «la lucha contra la corrupción debe hacerse con pleno respeto a los derechos humanos, en especial, las garantías judiciales y de debido proceso».
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