Contra el Servicio Militar Obligatorio para niños de 17 años

El 23 de enero de 2014 el gobierno nacional adoptó el Decreto Supremo 1875 mediante el cual redujo la edad mínima para prestar el servicio militar de 18 a 17 años. Esta disminución era contraria al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, del cual Bolivia es parte. En efecto, cuando nuestro país se adhirió a ese protocolo, emitió la siguiente declaración jurídicamente vinculante: “Bolivia declara que bajo su legislación vigente, la edad mínima para el Servicio Militar Obligatorio en las FFAA es de 18 años”.

El Decreto Supremo 1875 también contravenía la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes y varios principios establecidos en la Constitución Política del Estado.

En septiembre de 2014, Derechos en Acción solicitó a la Defensoría del Pueblo que presentara una acción de inconstitucionalidad abstracta en contra del mencionado decreto, pedido que se cristalizó el 2 de octubre del mismo año. El 10 de febrero de 2015, Derechos en Acción presentó al Tribunal Constitucional Plurinacional un escrito de amicus curiae proporcionándole una serie de insumos para respaldar un fallo de inconstitucionalidad respecto al referido decreto.

El 23 de marzo de 2016, mediante sentencia constitucional plurinacional 37/2016, el tribunal determinó que el Decreto Supremo 1875 era inconstitucional respecto a la disminución de edad para prestar el servicio militar. Entre otras cosas, estableció:

De acuerdo a los Fundamentos Jurídicos, ampliamente desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, así como al contenido normativo de la Constitución Política del Estado y tratados y convenios internacionales sobre los derechos de los niños, cuya aplicación, tratándose de derechos fundamentales resulta preferente ante la primera, se ha establecido que, la edad establecida para cumplir con el servicio militar, es de 18 años de edad, por tanto toda convención o disposición contraria, resulta claramente inconstitucional.

Asimismo, el Tribunal Constitucional Plurinacional exhortó al órgano competente a modificar, en un plazo de seis meses, el contenido de la norma impugnada en relación con los 17 años.
El 8 de febrero de 2017, dejando de lado la decisión del tribunal, el gobierno nacional aprobó el Decreto Supremo 3078 y volvió a insistir en los 17 años como edad mínima para poder realizar el servicio militar.

La asociación realizó varias gestiones ante diversas instancias para que se revirtiera el nuevo decreto, en línea con lo establecido por el Tribunal Constitucional Plurinacional. El decreto, no obstante, sigue vigente.

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